lunes, 1 de marzo de 2010

Comunicado de VidaCord ante la sentencia del TS que anula el Decreto de la Comunidad de Madrid sobre los bancos privados de Sangre de Cordón Umbilical



La sentencia del Tribunal Supremo que anula el Decreto sobre bancos privados de sangre de cordón de la Comunidad de Madrid no afecta a VidaCord, ya que su autorización como banco privado de SCU se basa en el RD 1301/2006, que es la normativa nacional actualmente vigente.


El pasado jueves 25 de febrero el Tribunal Supremo anuló el Decreto de la Comunidad de Madrid que regulaba los depósitos de sangre de cordón umbilical al desestimar el recurso de casación interpuesto por el Ejecutivo regional y una empresa privada contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que revocó la norma autonómica.

La sentencia del alto Tribunal argumenta que la nulidad se debe a un "defecto de procedimiento al haberse omitido todo estudio y consulta dirigidos a garantizar el acierto y legalidad de la disposición necesarios por el estado de opinión existente sobre esa materia en el momento de la elaboración".

La Comunidad de Madrid, entendiendo en su día que existía un interés público y un vacío legal decidió regular los Depósitos de Sangre de Cordón Umbilical a través del Decreto 28/2006 de 23 de marzo y la orden 837/2006, de 6 de abril permitiendo la instalación de los mencionados depósitos en el territorio de la Comunidad Autónoma Madrileña.

El Ministerio de Sanidad, alegando su competencia exclusiva sobre la regulación de normativa básica sobre banco de sangre de cordón umbilical, y negando la existencia de un vacío legal, solicitó la suspensión de dicho Decreto Autonómico 28/2006 ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid (lo cual le fue aceptado) y la nulidad tanto del Decreto como de la Orden 837/2006.

Al mismo tiempo, y cumpliendo con la obligación de transposición de la directiva 2004/23/CE, inicia los trabajos normativos que finalizan con la publicación del Real Decreto 1301/2006 de 10 de noviembre (BOE 11 de noviembre) por el que se admite (y regula) expresamente, la existencia de Bancos Privados de Sangre de Cordón Umbilical entendidos como establecimiento de tejidos. Real Decreto que sustituye y deroga el Real Decreto 411/1996 vigente hasta ese momento.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en sentencia de 28 de diciembre de 2007 admitió la alegación del Ministerio de Sanidad y anuló tanto el Decreto 28/2006 y la Orden 837/2006 por la invasión de competencias de la Comunidad de Madrid en materia estatal y confirma en su fundamento jurídico 5º la existencia del Real Decreto 1301/2006 de 10 de noviembre del Ministerio de Sanidad.

Ante un nuevo recurso de la Comunidad de Madrid contra esta sentencia, ha sido ahora el Tribunal Supremo quien ha zanjado definitivamente la cuestión, dando la razón al Ministerio de Sanidad frente a las pretensiones de la Comunidad de Madrid.

Es al amparo del Real Decreto 1301/2006 por el que VidaCord solicitó y obtuvo con fecha de 9 de abril de 2007 la acreditación como Banco Privado de Sangre de Cordón Umbilical a través de la Dirección General de Acreditación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (organismo competente según el artículo 14.1 del propio Real Decreto). Por tanto, la acreditación de VidaCord como banco autorizado no ha estado nunca ni está ahora en entredicho.

VidaCord ha sido el primer banco privado de sangre de cordón umbilical (SCU) en obtener la autorización de las autoridades sanitarias españolas (CAM, Ref: EBG/CDC/ESMM, expte. 10005/07/C) el 9 de Abril de 2007 en virtud del RD 1301/2006. A diferencia de la mayoría de las demás empresas que operan en el ámbito de la sangre de cordón umbilical, VidaCord dispone de instalaciones propias en nuestro país (en el parque científico y tecnológico de Alcalá de Henares - Madrid) donde se procesan todas las muestras. Si la familia así lo decide, también ofrecemos la posibilidad de que las muestras se queden depositadas en nuestras instalaciones. También podemos enviar la muestra a nuestras instalaciones en Europa, en cuyo caso quedan para uso exclusivo de la familia. La gran diferencia con las demás empresas es que, como disponemos de laboratorio propio en España, en el caso de depósito en Europa la muestra viaja ya procesada y crio preservada en nitrógeno líquido a -196º C. Esto es importante porque podemos garantizar un rápido procesamiento de la sangre del cordón, reduciendo al mínimo la muerte celular y consiguiendo de este modo una muestra óptima para su trasplante.

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